A- de 2022
Ponente Paola Andrea Meneses Mosquera
✓Demandante De Oficio Procesado Reina Daza Styvenson Y Otros·Demandado Reina Daza Styvenson Y Otros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos que vinculen a miembros de la fuerza pública por delitos cometidos en servicio activo sin relación con el servicio
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre la Fiscalía 95 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos y el Juzgado 53 de Instrucción Penal Militar.
Dicho conflicto se presentó respecto al conocimiento de un proceso penal adelantado por la presunta comisión de los delitos de homicidio y desaparición forzada a un particular, por parte de un miembro de la fuerza pública en ocasión de un operativo militar.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que no se cumple con el factor funcional para establecer la competencia de la justicia penal militar, ya que, el material probatorio no da claridad sobre la existencia y circunstancias del enfrentamiento que ocasionó la muerte del particular.
Con base a lo anterior, la Corte decide remitir el expediente a la Fiscalía 95 Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos para lo de su competencia y, asimismo, comunique la presente providencia a las partes y terceros interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Fiscalía 95 Especializada contra las Violaciones a los Derechos Humanos y el Juzgado 53 de Instrucción Penal Militar, en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción ordinaria, representada por la Fiscalía General de la Nación, es la competente para continuar con la investigación que cursa por el presunto homicidio del ciudadano Andrés Felipe Cortés, de conformidad con la parte motiva de esta decisión.
- Segundo. REMITIR el expediente CJU-1680 a la Fiscalía 95 Especializada contra Violaciones a los Derechos Humanos para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados en este trámite y al Juzgado 53 de Instrucción Penal Militar.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.